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A partir de 1 de enero de 2016, las sociedades civiles con objeto mercantil, pasar a estar gravadas por el Impuesto de Sociedades y por tanto ya no van a tributar como entidades en atribución de rentas por IRPF.
La tributación por Impuesto de Sociedades, supone no solo presentar el modelo 200 sino también, nuevas obligaciones formales, la mas importante es que tendrán que llevar los mismos libros contables que una sociedad mercantil y legalizarlos anualmente. Las SCP que tributen por el régimen simplificado de Recargo de Equivalencia, pasan a tributar por el régimen general del IVA

ALGUNAS ANOTACIONES
Contabilidad de acuerdo con el Plan General Contable
Documentación ordenada de forma cronológica que justifique las anotaciones o asientos contables
Tesorería, que las cuentas 572 sean una copia del extracto bancario
Caja, que tenga un saldo lógico y en ningún caso negativo
Tarjetas bancarias, que los movimientos estén respaldados por facturas
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